FUENTES
DEL DERECHO TRIBUTARIO:
En el caso peruano, la norma que
establece los principios generales, institucionales, procedimientos y normas del
ordenamiento jurídico tributario, es el código tributario dado mediante su
Texto Único Ordenado Decreto Supremo
135-99-ef publicado 19-08-99que a la fecha ha recibido numerosas
modificaciones producto de su constante
adecuación a la realidad.
A)
DISPOSICIONES
CONSTITUCIONALES:
Como un conjunto de principios y
normas jurídicas que estructuran la base legal de un estado. Es la fuente por excelencia
del Derecho Tributario que consagra las bases que regulan el sistema tributario
nacional para organizarla políticamente delimitada la extensión de la soberanía
es total en materia tributaria.
B)
LOS
TRADOS INTENACIONALES APROBADOS POR EL CONGRESO Y RATIFICADAS POR EL PRESIDENTE
DE LA REPUBLICA:
Son normas internacionales que se ubican
jerárquicamente en el segundo nivel en
relación a la constitución. Se convierte
en un fuente interna solo después de ser
aprobadas por el congreso y sean ratificados
por el presidente de la república.
La suscripción por parte del gobierno de tratados
con otros países u organismos internacionales
es evitar e en pedir la doble imposición
tributaria y el fraude fiscal, así como buscar la generación de polos de
desarrollo subregionales
C)
LAS
LEYES TRIBUTARIAS Y LAS NORMAS DE RANGO EQUIVALENTE
Como norma jurídica que regula la
vida da relación de la personas en
sociedad, en sus diferentes actividades, sociales, políticas, económicas, jurídicas, etc. Solo el congreso, como ente
el poder legislativo, es el encargado de legislar las leyes, considerando como
normas con rango de ley aquellas por las que conforme a la constitución se
pude crear, modificar, suspender o suprimir tributos y conceder beneficios
tributarios
D)
LOS
DECRETOS SUPREMOS Y LAS NORMAS REGLAMENTARIAS
Es un instrumento normativo, de carácter tributario
que permite disponer y regular situaciones jurídicas que permitan la
complementación normas de jerarquía superior dictadas por el parlamento o por
el ejecutivo en caso de delegación de facultades. Como sabemos, atreves de
Decreto Supremo se han regulado tanto la tarifa arancelaria que representa un
derecho de importación fijado por el arancel de aduanas, así como las tasas,
las cuales son el pago por un servicio público individualizado
E)
LA
JURISPRUDENCIA
Es el conjunto de resoluciones reiterativas e
informes que emanan de un órgano
supremo, las cuales dependiendo en la entidad de la que emanan tienen la calidad de obligatoria (tribunal
fiscal) o referencia (poder judicial). Con la jurisprudencia, lo que se
persigue es la interpretación de la voluntad a la ley, no pudiendo ser de dicha
interpretación considerado como una nueva norma
F)
LAS
RESOLUCIONES DE CARÁCTER GENERAL
EMITIDAS POR LA ADMINISTRACION
TRIBUTARIA.
Una resolución es el acto
administrativo por el cual la administración tributaria se ha de pronunciar
respecto de una reclamación, apelación, queja, consulta u otro que tenga
relevancia tributaria, siendo de aplicación la misma para todos los
contribuyentes. Estas resoluciones por ser de rango inferior a las normas antes
estudiadas, no deben contravenir lo dispuesto por la mismas, ya que en tal caso
se convierte en impertinente y conflictiva para el campo jurídico, entra las
resoluciones que se puede emitir la SUNAT, posemos señalar, de acuerdo a la
Resoluciones de Superintendencia, Directivas, Circulares, Memorándum.
G)
LA
DOCTRINA JURIDICA:
Es el conjunto de opiniones de autores o dogmáticos
del derecho, dadas ya se atreves de monografías, trabajos de habilitación,
libros revistas, compendios y otros estudios jurídicos, en la cuales se trata
de explicar, sintetizar, criticar o proponer ideas sobre una legislación
pasada, vigente o futura, tratando de dar con ello una salida a los problemas
que en la realidad se presenta.
No hay comentarios:
Publicar un comentario